Detienen a dos hermanos con marihuana en la plaza de Calchaquí

Ante la presencia policial, anoche dos jóvenes de 24 y 28 años que estaban en las dársenas de bolevard quieren fugarse, son interceptados y en una requisa palparea le incautan 11 bochitas de cannabis. Luego son liberados por orden del juez federal.

Siendo las 22.50 horas, del jueves 13 de abril, circunstancias que personal policial se encontraba realizando patrullaje preventivos por el ejido urbano, haciendolo por calle SARMIENTO entre Bulevar Belgrano y 25 Mayo más precisamente en la Plaza 25 DE MAYO.

Observan a dos jóvenes quienes se encontraban sobre la Dársena, los cuales al notar la presencia policial tratan de retirarse a gran velocidad. Por lo que se procede a detener la marcha de los mismos y su posterior identificacion, siendo estos los ciudadanos que dijeron ser PABLO GASPAR CAPRIN, DE 28 AÑOS y ADRIÁN DAVID CAPRIN, DE 24 AÑOS DE EDAD.


En una requisa palparea al masculino ADRIÁN CAPRIN, se puede verificar que entre sus prendas el mismo tenia oculta una bolsa de Nylon de color transparente conteniendo en su interior la cantidad de 11 bolsas de distintos colores siendo 09 de color transparente en tanto que las dos restantes de color amarrillo con detalles en negro, los cuales contenían en su interior sustancias similares a lo que por su características y aroma se trataría de cannabis (MARIHUANA).


Ante dicha situación se procede a solicitar la presencia de dos testigos, como así también se entabla comunicación vía telefónica con personal de DIVISIÓN REGIONAL OPERATIVA DEPARTAMENTO VERA, REGIÓN 3, DIRECCIÓN DE NARCO CRIMINALIDAD A.I.C., a quien se los pone en conocimiento de lo antes mencionado, procediendo a la entrega de dicho procedimiento por ser personal idóneo en la materia.


Se realiza consulta con la Fiscalia federal quien no aconseja que se active el protocologo de Flagrancia, se toma contacto con S.S Juez federal quien en la persona de su Secretario Dr Ariel Di Giura, dispone que se lo identifique al masculino por la inf. Ley 23.737 CAPRIN ADRIAN, se proceda al secuestro del material estupefaciente, de no optar impedimento legal que coarte la libertad se le permita el retiro al mismo .

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