Por no usar barbijos, puede caber un arresto hasta 15 días o una multa

El nuevo decreto provincial indica que la infracción es sancionada por el artículo 57 del Código de Faltas, mediante un sumario contravencional de la autoridad policial.

El artículo 3 del decreto Nº 347, establece que “la autoridad policial a la que se le denuncie o verifique por sí el incumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° instruirá el sumario contravencional correspondiente, con inmediato conocimiento del Juez de Faltas competente, por presunta infracción al Artículo 57° del Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe Ley 10.703 (t.o. Decreto N°1283/03)”.

El referido artículo 57, sanciona el incumplimiento de los mandatos legales y textualmente instituye:

“El que por imprudencia, negligencia o impericia no observare una disposición, legalmente tomada por la autoridad por razón de justicia, de seguridad o de higiene será reprimido con arresto hasta quince días o multa hasta tres jus”.

El valor de la unidad jus es de $1500, dispuesto por la Corte Suprema de Justicia . http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5822

Por lo que el valor de la multa alcanzaría los $4500.

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